viernes, 31 de octubre de 2008

La Micología en los medios. Público: "Identificado el asesino de los 100.000 murciélagos"

MANUEL ANSEDE Público, viernes 31 de octubre de 2008
Identificado el asesino de los 100.000 murciélagos
Un hongo desconocido es el responsable del mortífero ‘síndrome de la nariz blanca' que arrasa EE.UU.
El 16 de febrero de 2006, unos investigadores que trabajaban en la cueva Howes, en el Estado de Nueva York (EE.UU.), detectaron un insólito grupo de murciélagos con el hocico emblanquecido. Dos años y medio después, esta misteriosa enfermedad, conocida como síndrome de la nariz blanca, ha acabado con la vida de alrededor de 100.000 ejemplares en la región nororiental del país. Las cavernas de Nueva York, Vermont, Massachusetts y Connecticut están llenas de cadáveres raquíticos con el morro nevado.
Durante dos años, los expertos en quirópteros de medio mundo han estado dando palos de ciego para encontrar al responsable de esta dolencia. Para algunos, sólo un virus o una bacteria podría estar detrás de una epidemia tan mortífera. Para otros, el cambio climático estaría alterando su capacidad para hibernar y alborotando sus fuentes de alimento habituales.
El enigma está a punto de resolverse. Un equipo del Servicio Geológico de EE.UU., dirigido por David Blehert, ha encontrado "fuertes evidencias" de que un hongo hasta ahora desconocido es el principal responsable del síndrome de la nariz blanca. El hongo, incluido en el género Geomyces, aparece en el hocico, las orejas o las alas del 90% de los murciélagos estudiados. Y los análisis histopatológicos han sido incapaces de encontrar síntomas de ninguna otra enfermedad...//...
El artículo continúa en la dirección: http://www.publico.es/ciencias/169731/murcielagos/hongo

jueves, 30 de octubre de 2008

Del responsable de publicaciones

Artículo 2.2.- Del responsable de publicaciones
La Revista Iberoamericana de Micología constará de una Dirección Ejecutiva que asumirá la responsabilidad de la publicación y dispondrá para su asesoramiento y ejecución de sus funciones de un Consejo Directivo especializado (Codirectores y Directores seniors), un Secretariado de Redacción (Asistentes de Redacción) y un Consejo Editorial. La Dirección Ejecutiva será nombrada por la Junta Directiva de la Asociación Española de Micología mientras que los demás órganos de asesoramiento serán nombrados por la Dirección Ejecutiva que informará a la Junta Directiva de la Asociación Española de Micología, explicando las motivaciones de cualquier cambio en el mencionado organigrama.
La Dirección Ejecutiva de la revista deberá presentar a la Junta Directiva y Asamblea General un resumen de las actividades.

De las publicaciones de la Asociación Española de Micología

Artículo 2.1.- De las publicaciones de la Asociación Española de Micología
La revista de la Asociación será la Revista Iberoamericana de Micología (anteriormente Revista Ibérica de Micología) constituyendo la publicación oficial de la misma, pudiendo ser también utilizada como órgano de difusión de otras asociaciones afines siempre que sea aprobado por la Junta Directiva y ratificado posteriormente por la Asamblea General.
La Junta Directiva y/o Asamblea General podrá editar otra publicación, independientemente de la Revista Iberoamericana de Micología, en caso de considerarse oportuno.
La revista será editada por la asociación de acuerdo a la legislación vigente, y deberá ser fiel a los objetivos y fines de la Asociación Española de Micología.

martes, 21 de octubre de 2008

La Asociación Española de Micología

Artículo 1.-
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La Asociación Española de Micología (AEM) es una asociación científica de ámbito nacional, creada con el fin esencial de promover el desarrollo y enseñanza de la Micología en España. Esta asociación se constituyó inicialmente con el nombre de Asociación Española de Especialistas en Micología (AEEM) en 1977, y posteriormente por decisión de la Asamblea general celebrada en Barcelona en 1990 durante la 5ª Reunión Conjunta de Micología, se aprobó el cambio a AEM.
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Los objetivos de la Asociación Española de Micología

Artículo 2.-
Los fines de esta Asociación en los cuales queda excluido cualquier ánimo de lucro, son:
a) Promover el conocimiento, enseñanza, investigación y desarrollo de la Micología en todos sus aspectos.
b) Facilitar las iniciativas que, promovidas por sus miembros, requieran del patrocinio de la Asociación.

Para la consecución de dichos fines se llevarán a cabo, previo el cumplimiento de los requisitos legales establecidos, las siguientes actividades:
c) Organizar Congresos, Jornadas científicas, cursos y cualquier otra actividad que permita establecer contacto entre los micólogos españoles y extranjeros.
d) Publicar una revista para facilitar la difusión de estudios y trabajos científicos relacionados con la Micología, así como el intercambio científico con otras Sociedades.
e) Asesorar y mantener relaciones científicas con entes públicos de carácter estatal, autónomos o municipal que así lo requieran.
f) Mantener relaciones científicas con Asociaciones Nacionales e Internacionales de carácter análogo.
g) Formar parte de Federaciones de Sociedades nacionales e internacionales de carácter análogo, siempre que ello constituya un medio de alcanzar los objetivos propuestos.
h) Conceder premios para estimular la investigación y el desarrollo de la Micología con la periodicidad que estime oportuna la Junta directiva.

Sin perjuicio de las actividades descritas en el apartado anterior, la Asociación, para el cumplimiento de sus fines podrá:
i) Desarrollar actividades económicas de todo tipo, encaminadas a la consecución de sus fines o a allegar recursos con ese objetivo.
j) Adquirir y poseer bienes de todas clases y por cualquier título, así como celebrar actos y contratos de todo género.
k) Ejercitar toda clase de acciones conforme a las Leyes o a sus Estatutos.

En el seno de la AEM se podrán crear distintas secciones, comités y grupos de trabajo en los que podrán reunirse los socios de acuerdo con su área de trabajo, y con arreglo a una reglamentación interna que deberá ser aprobada por la Junta Directiva y ratificada por la Asamblea General.
Podrán formar parte de las distintas secciones, comités y grupos de trabajo todos los socios de la Asociación.